Información geológica minera
Publican reglamento que regula la obligación de entrega de información geológica y otro, por Rafael Vergara, Maximiliano Urrutia, Borja Coz, Maximiliano Barrenechea y Felipe Wilson
La Entidad Informante deberá entregar un reporte con toda la información en el período aplicable, junto a una declaración jurada simple indicando que dicha información es completa, consistente y veraz, a través de un formulario que estará disponible en el sitio electrónico de Sernageomin.

Como consecuencia de las modificaciones que introdujeron al Código de Minería y otros cuerpos legales de la legislación minera las leyes N° 21.420, de febrero de 2022, y N°21.649, de diciembre de 2023, con fecha 2 de agosto se publicó en el Diario Oficial los Decretos N° 9 y N° 10 del Ministerio de Minería, que aprueba el Reglamento que regula la obligación de entrega de información geológica, y que modifica el Reglamento del Código de Minería, respectivamente.
Decreto N°9: Aprueba reglamento que regula la obligación de entrega de información geológica dispuesta en el Código de Minería
El artículo 21 del Código de Minería, según fuera modificado por la ley N° 21.420, establece la obligación del concesionario minero de entregar al Servicio Nacional de Geología y Minería (“Sernageomin”) un reporte con la información geológica obtenida de los trabajos de exploración efectuados en ejercicio de los derechos que le confiere la concesión.
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