Opinión.
Ambiente y Derechos Humanos: algunos apuntes sobre la opinión consultiva OC-23 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
La Corte advierte que si los estudios de impacto ambiental no incluyen un análisis social, este análisis debe ser realizado por el Estado al momento de supervisar dicho estudio.

El pasado 7 de febrero del 2018, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su respuesta a una solicitud de opinión consultiva que le hiciera Colombia el 14 de marzo del 2016. Se trata de la Opinión Consultiva OC-23, titulada "Obligaciones estatales en relación con el medio ambiente en el marco de la protección y garantía de los derechos a la vida y a la integridad física – Interpretación y alcance de los artículos 4.1 y 5.1, en relación a los artículos 1.1. y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos".
Breve puesta en contexto con relación a la solicitud colombiana
Colombia solicitó en el 2016 al juez interamericano aclararle qué ocurría con los derechos de las poblaciones isleñas colombianas en el Caribe amenazadas por megaproyectos promovidos por otros Estados susceptibles de causar un impacto transfronterizo en el ambiente marino. Ello como parte de una estrategia (un tanto original) para intentar contener a Nicaragua en aguas del Caribe. La originalidad radica en que la Corte Interamericana de Derechos Humanos no interviene en controversias entre dos Estados; y en el hecho que, a la fecha, Colombia no ha presentado ningún recurso de revisión o de interpretación con posterioridad al fallo de noviembre del 2012 de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), que resuelve la delimitación marítima entre Nicaragua y Colombia en el Caribe. Al adoptar sus máximas autoridades un tono desafiante y amenazante y al no usar estas herramientas procesales previstas en el Reglamento de la misma CIJ, Colombia fue objeto de dos nuevas demandas presentadas en el 2013 por Nicaragua. Cabe recordar además que Colombia denunció a pocas semanas del fallo de noviembre del 2012 un emblemático tratado que lleva el nombre de su capital: el Pacto de Bogotá.
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