Podría reunir requisitos del artículo 63.2 de la Convención.
CIDH remitió solicitud de medidas provisionales a favor de miembros del Consejo de Participación Ciudadana de Ecuador.
La CIDH identificó que la situación planteada por los propuestos beneficiarios podría reunir los requisitos de extrema gravedad, urgencia, así como de daño irreparable.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) remitió el 6 de febrero de 2018 a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) una solicitud de medidas provisionales a favor de Edwin Leonardo Jarrín Jarrín, Tania Elizabeth Pauker Cueva y Sonia Gabriela Vera García, con la finalidad de que ordene al Estado que se abstenga de destituir a los actuales miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de Ecuador (CPCCS) y de crear un Consejo Transitorio que pueda generar riesgos en la efectividad del Estado democrático de derecho, incluyendo los principios de separación de poderes y de independencia judicial, fundamentales para el goce efectivos de los derechos humanos.
Al efecto, cabe recordar que el 28 de diciembre de 2017 la Comisión Interamericana recibió una solicitud para se presentara un requerimiento de medidas provisionales a la Corte IDH a favor de Edwin Leonardo Jarrín Jarrín, Tania Elizabeth Pauker Cueva y Sonia Gabriela Vera García, miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de Ecuador (CPCCS) nombrados para el periodo 2015-2020 que conforme a la normativa interna sólo pueden ser destituidos a través de enjuiciamiento político ante la Asamblea Nacional. La información presentada se basó en la propuesta de referéndum, que no contó con control constitucional previo y que incluyó una pregunta sobre la terminación anticipada de sus cargos y la creación de un Consejo de Participación Transitorio conformado por siete miembros nombrados por la Asamblea de entre ternas enviadas por el Presidente.
De la información disponible se desprende que el Consejo de Transición que se designe tendrá la facultad de realizar evaluaciones de desempeño y, de ser el caso, destituir y nombrar a diversos altos funcionarios dentro de los cuales se encuentran los titulares de la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General del Estado, el Consejo Nacional Electoral, al titular de la Fiscalía General del Estado, y las juezas y jueces del Tribunal Contencioso Electoral y el Consejo de la Judicatura, entre otras autoridades.
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