Derecho a la educación.
Corte Constitucional de Colombia ampara derecho a la educación de menor nacida en Venezuela que no pudo cumplir con el requisito de apostilla para convalidar su título de bachiller.
De manera excepcional se puede inaplicar el requisito de apostilla para convalidar un título obtenido en el exterior, cuando se constate que su exigencia, en el caso concreto, resulta manifiestamente irrazonable y desproporcionada.

El caso se refiere a una menor nacida en territorio venezolano, que presentó una acción de tutela contra el Ministerio de Educación Nacional por exigirle la apostilla del título de bachiller que obtuvo en su país de nacimiento, como requisito previo para convalidar su diploma en Colombia.
La recurrente refiere la imposibilidad de cumplir con dicho requisito, como consecuencia de no encontrarse en Venezuela, no disponer de los medios económicos para desplazarse hasta el territorio venezolano, y la ausencia de representación diplomática o consular de las autoridades venezolanas en Colombia. En virtud de lo anterior, solicita inaplicar el precepto que exige la apostilla para la convalidación del título de bachiller, por producir, en el caso concreto, una vulneración de su derecho a la educación, ya que, asevera, no haber podido acceder a la educación técnica, profesional y superior.
El fallo refiere que la exigencia de la apostilla para el proceso de convalidación es, en general, razonable y apunta al cumplimiento de fines constitucionalmente legítimos. Entre ellos, verificar la legalidad de los documentos presentados para la convalidación del título de bachiller aportado; afianzar la buena fe pública internacional; asegurar el ingreso de aspirantes idóneos a las instituciones de educación superior y, garantizar que los aspirantes se encuentren en igualdad de condiciones para su ingreso a las instituciones de educación superior.
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