Ley Scelba sanciona a quienes busquen revivir al disuelto partido fascista.
Corte de Casación de Italia resuelve que el saludo romano no es delito si no busca revivir al Partido Fascista.
La Ley Mancino prohíbe manifestaciones de organizaciones, asociaciones, movimientos o grupos cuyos objetivos sean de forma explícita "la incitación a la discriminación o a la violencia por motivos raciales,” y la manifestación "conmemorativa" no cumple ninguna de las dos condiciones, por lo que los imputados quedan absueltos de delito.

El Tribunal Supremo de Casación italiano resolvió que realizar el saludo romano no es constitutivo de delito salvo que tenga como objetivo resucitar al disuelto Partido Nacional Fascista o represente un peligro para el orden público.
La decisión deriva de un caso en el que ocho acusados ultraderechistas fueron absueltos en primera instancia en 2020, pero condenados más tarde en un tribunal de apelación tras realizar un saludo fascista durante una manifestación celebrada en Milán en 2016.
En el primer fallo se tomó como referencia el artículo 5 de la Ley Scelba, que contempla penas y multas de prisión contra aquellos manifestantes que busquen revivir al disuelto partido fascista, mientras que en el segundo se aplicó la llamada Ley Mancino, que prohíbe manifestaciones de organizaciones, asociaciones, movimientos o grupos cuyos objetivos sean de forma explícita «la incitación a la discriminación o a la violencia por motivos raciales».
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