Protocolo de San Salvador.
Corte IDH emite opinión consultiva sobre derechos de las Personas Jurídicas.
La Corte sí tiene competencia para conocer de alegadas violaciones a los derechos de los sindicatos, las federaciones y las confederaciones, se expresa.

La Corte Interamericana emitió una opinión consultiva sobre los derechos de las personas jurídicas en el sistema interamericano de derechos humanos, estableciendo que dichas entidades no son titulares de los derechos humanos contenidos en la Convención Americana, y por tanto no pueden ser consideras víctimas de violaciones a derechos humanos en los procesos contenciosos ante el sistema interamericano.
Dicha opinión responde a la solicitud presentada por el Estado de Panamá, sobre la interpretación y alcance de diversos artículos del Protocolo de San Salvador.
No obstante lo anterior, la Corte sí tiene competencia para conocer de alegadas violaciones a los derechos de los sindicatos, las federaciones y las confederaciones. Esto dentro de los términos del 8.1.a del Protocolo de San Salvador, que les confiere la titularidad del derecho a formar federaciones y confederaciones nacionales e internacionales, así como a asociarse a las ya existentes y a funcionar libremente.
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