Diario Constitucional

Se vulneró deber de consulta.

Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Ecuador en caso del pueblo indígena de los Sarayaku.

"el Estado es responsable de haber puesto gravemente en riesgo los derechos a la vida e integridad personal de los miembros del pueblo Sarayaku, por no haber desactivado totalmente el riesgo generado por la introducción de explosivos en el territorio".

Por Redacción·05 de septiembre de 2012·2 min de lectura
Mongabay Latam
Referencial

En un fundado fallo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que el Estado de Ecuador vulneró los derechos del pueblo indígena Kichwa de Sarayaku a una consulta previa, libre e informada, a la tutela judicial efectiva y a la vida e integridad personal de sus miembros ante la presencia de explosivos de alto poder en el territorio.

Este caso se origina en la denuncia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en contra del Estado aludido por haber permitido que una empresa privada realizara actividades de exploración petrolera en territorio del Pueblo Sarayaku, desde finales de la década de los años 1990.

La Corte consideró que la consulta, para ser considerada tal, tiene que hacerse de buena fe y de forma adecuada, accesible e informada, lo cual no ocurrió en el caso sublite. Además, el plan de impacto ambiental fue elaborado sin la participación del Pueblo, por una entidad privada subcontratada por la empresa petrolera sin supervisión por parte del Estado, y sin tomar en cuenta los eventuales efectos sociales, espirituales y culturales que las actividades previstas podían tener sobre Sarayaku.

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