Diario Constitucional

Causa debe seguir tramitándose ante el juzgado de familia.

CS de Argentina confirmó sentencia que declaró incompetencia del fuero federal para conocer de una causa en que un padre solicita la restitución internacional de una menor a Estados Unidos.

La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Rosenkrantz, quien estuvo por revocar la sentencia apelada.

Por Redacción·22 de enero de 2019·2 min de lectura
CS de Argentina confirmó sentencia que declaró incompetencia del fuero federal para conocer de una causa en que un padre solicita la restitución internacional de una menor a Estados Unidos.
Referencial

La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina confirmó la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, que a su vez había confirmado la decisión de grado que declaró la incompetencia del fuero federal para entender en una causa que tiene por objeto la restitución internacional a Estados Unidos de América de una menor de edad, solicitada por su padre, quién habría sido sustraída ilegítimamente en septiembre de 2017 por su madre.

En su sentencia, el máximo Tribunal trasandino hizo suyos los argumentos esgrimidos por el Procurador Fiscal. Este último sostuvo que la distinta nacionalidad como fundamento de la procedencia del fuero de excepción, cede ante el principio del interés superior del niño (art. 3 de la Convención de los Derechos del Niño; y 1 y 3 de la Ley 26.061 de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes), cuya salvaguarda exige contemplar la especial situación de los niños y niñas como participantes en los procesos y brindar herramientas diferenciadas y efectivas para asegurar una tutela judicial efectiva. Así, consideró que corresponde aplicar la regla de especialidad de la justicia dedicada a la solución de los conflictos familiares y, en consecuencia, rechazar la competencia del fuero federal para intervenir en el sub lite. Ello pues la índole del conflicto, y la condición de vulnerabilidad de la niña, exigen que la respuesta jurisdiccional se ajuste a reglas procesales y principios diferenciados –como la inmediación, oficiosidad, oralidad- y cuente con apoyo interdisciplinario, a fin de asegurar la eficaz y oportuna protección de los intereses en juego.

Por lo anterior, la Corte Suprema argentina declaró formalmente admisible el recurso extraordinario federal y confirmó la sentencia apelada.

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