Diario Constitucional

Opinión.

Demostraciones públicas de afecto no pueden censurarse.

CC de Colombia ha protegido expresiones de cariño en público, sin hacer distinción de preferencias sexuales.

Por Redacción·23 de abril de 2019·5 min de lectura
Demostraciones públicas de afecto no pueden censurarse.
Referencial

En una reciente publicación de eltiempo.com se da a conocer el artículo “Demostraciones públicas de afecto no pueden censurarse”.

Se dan a conocer las siguientes frases publicadas en redes sociales: “La pareja gay se acaricia, lo cual puede ser normal para ellos y los adultos que están en el lugar. ¿Pero por qué escogieron un lugar en donde hay niños que, por su capacidad intelectual, no están preparados para ver esto?” “Se hacen coger bronca y odios, pudiendo buscar otros espacios para demostrarse su afecto”. “Háganlo, pero no en estos espacios donde se reúnen familias”.

“¿Hasta cuándo será delito amar a alguien del mismo sexo?” “Es ridículo que el odio y la violencia sean mejor ejemplo para los niños que las demostraciones de afecto”. “Discriminar no es una opción, es un delito”.

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