Opinión.
En España: El verdadero alcance de la sentencia del Supremo sobre los límites al uso de la vivienda familiar.
Lo que ocurre es que se valora y se decide sobre una nueva situación de hecho muy concreta, como es la convivencia del progenitor custodio para el que se estableció el uso de la vivienda familiar, con otra persona, ajena al otro progenitor.

En una reciente publicación del medio español Confilegal se da a conocer el artículo *“*El verdadero alcance de la sentencia del Supremo sobre los límites al uso de la vivienda familiar”, del abogado Guillermo Calvo.
Sostiene que la Sala Primera del Tribunal Supremo español acaba de resolver en una recientísima sentencia, dicho en pocas palabras, que la convivencia estable con una nueva pareja en el domicilio familiar va a condicionar la atribución del uso del mismo para el progenitor custodio de los menores, limitando éste al momento en que se liquide la sociedad de gananciales.
La resolución, hace un importante matiz: dicho límite no es contra la libertad de aquel progenitor que decide rehacer su vida, sino que tiene por objeto precisamente evitar que se haga en perjuicio de otro (o más bien, a su costa, aunque sea en una pequeña parte).
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