Opinión.
Exigir la misma altura a hombres y mujeres para entrar en los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas es discriminatorio.
Esta causa de exclusión, explica el Tribunal, desconoce la realidad morfológica del ser humano, lo que en el caso de convocatorias de acceso al empleo implica que los hombres tienen más posibilidades que las mujeres, lo que constituye un paradigma de discriminación indirecta.

En una reciente publicación del medio español noticias.juridicas.com se da a conocer el artículo “Exigir la misma altura a hombres y mujeres para entrar en los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas es discriminatorio”.
Se sostiene que exigir una estatura unificada para los aspirantes, hombres y mujeres, en un proceso selectivo para el acceso a las Fuerzas Armadas, – fijada en 160 cm.-, resulta discriminatoria para la mujer. Así lo establece la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, en sentencia 97/2019, de 4 de marzo. Rec. 287/2018).
Esta causa de exclusión, explica el tribunal, desconoce la realidad morfológica del ser humano, y que como regla general el hombre es más alto que la mujer, lo que en el caso de convocatorias de acceso al empleo implica que los hombres tienen más posibilidades que las mujeres, lo que constituye lo que la Sala denomina un paradigma de discriminación indirecta. En comparación entre ambos sexos, a priori, habrá más hombres que mujeres que superen el 1,60 m. de estatura.
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