Se cuestionaría existencia del Parlamento.
Gobierno de España recurrirá en el TC una investidura telemática o por delegación de Puigdemont.
Cree el Gobierno que si permitiera una investidura telemática "se estaría poniendo en cuestión la propia existencia del Parlamento como sede física de representación de los ciudadanos de Cataluña".

El artículo 146.1 del Reglamento del Parlament de Cataluña requiere que el candidato a president presente su programa de manera presencial. Es la conclusión a la que llega un informe realizado por los servicios jurídicos del Gobierno central.
Es un requisito, el de la presencia física, dice el informe, exigible en cualquier debate, "forma parte de la esencia misma del parlamento como sede institucional de debate y de intercambio de posiciones". De modo, que si eso se exige para cualquier debate, más aún para uno que es tan fundamental como el debate de investidura.
De hecho, el actual Reglamento, aprobado en 2005 señala en su artículo 83.3 que el orador puede hablar desde la tribuna o el escaño exclusivamente, "la redacción del precepto parece expresamente impedir la intervención frente al Pleno de la Cámara que se realice desde cualquier otro sitio que no sea la tribuna de oradores o el escaño".
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