Diario Constitucional

Opinión.

La incorporación de la figura de los “jueces sin rostro” a nivel constitucional en México en el marco de una cuestionada reforma judicial, por Carlos María Pelayo Moller.

La propuesta de reforma constitucional a la justicia en México representa una regresión en materia de derechos humanos al incorporar figuras como la de jueces sin rostro que ya han sido cuestionadas por organismos como la Corte Interamericana.

Por Carlos María Pelayo Moller·15 de septiembre de 2024·6 min de lectura
La incorporación de la figura de los “jueces sin rostro” a nivel constitucional en México en el marco de una cuestionada reforma judicial, por Carlos María Pelayo Moller.
Referencial

En una reciente publicación de agendaestadoderecho.com se da a conocer el artículo La incorporación de la figura de los “jueces sin rostro” a nivel constitucional en México en el marco de una cuestionada reforma judicial, por Carlos María Pelayo Moller (*).

El 5 de febrero de 2024, en el marco del 117° aniversario de la Constitución mexicana de 1917 el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, lanzó un ambicioso proyecto de 18 reformas constitucionales en muy diversos y variados temas. El conjunto de reformas se le conoce comúnmente como “Plan C”.

Entre las más polémicas por sus implicaciones institucionales destacan la militarización de la Guardia Nacional, el fortalecimiento y expansión de la prisión preventiva oficiosa – en un abierto desacato a las sentencias de la Corte IDH dictadas recientemente en los casos Tzompaxtle Tecpile y García Rodríguez Vs. México-, la desaparición de organismos autónomos, la reforma en materia electoral (la cual ya fue desechada) y la reforma al Poder Judicial tanto a nivel estatal como Federal.

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