Diario Constitucional

Debe devolverse su decisión “a los representantes electos del pueblo”.

La sentencia de la Corte Suprema estadounidense sobre el aborto explicada de forma técnica, por Luisa María Gómez Garrido.

Es de gran interés y refleja uno de los debates más intensos en la doctrina estadounidense, el de la oposición entre originalismo/evolucionismo en el contexto de la antigüedad de la Constitución.

Por Luisa María Gómez Garrido·02 de julio de 2022·3 min de lectura
Imagen: cooleruai.com
Referencial

La llamada juez tuitera en España, Luisa María Gómez Garrido, explica algunos aspectos de la sentencia dictada por la Corte Suprema de EE.UU. sobre el aborto que tanta polémica ha generado y que por su simpleza y claridad es interesante de reproducir.

1.- Es de un gran interés y refleja uno de los debates más intensos en la doctrina estadounidense, el de la oposición entre originalismo /evolucionismo en el contexto de la antigüedad de la Constitución.

El originalismo sostiene que los jueces no pueden crear ni definir derechos que no se hayan previsto en la Constitución, porque eso correspondería a la voluntad popular, o sea, al legislador; mientras que los evolucionistas creen que una Constitución viva debe integrarse con la interpretación judicial.

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