Diario Constitucional

Se refuerzan normas antipederastas en la iglesia.

Papa Francisco aprueba expulsión de obispos negligentes en casos de pederastia.

El primer artículo presentado por el Pontífice señala que aquellos con responsabilidad en la Iglesia "pueden ser legítimamente retirados de su cargo si, por negligencia, haya omitido actos que hayan provocado daños a otros".

Por Redacción·06 de junio de 2016·3 min de lectura
Papa Francisco aprueba expulsión de obispos negligentes en casos de pederastia.
Referencial

La Santa Sede publicó el “motu proprio” (documento papal) “Como una madre amorosa”, con el que se concretan los artículos del Código de Derecho Canónico en los que se estipula la posibilidad de expulsar a un eclesiástico por “causas graves”.

El pontífice enfatizó que con este documento pretende aclarar que “entre las denominadas causas graves se incluye la negligencia de los obispos en el ejercicio de sus funciones, sobre todo en relación con los casos de abusos sexuales a menores y adultos vulnerables”.

Cabe recordar, que el Código de Derecho Canónico establece en su artículo 193 que "nadie puede ser removido de un oficio conferido por tiempo indefinido, a no ser por causas graves".

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