Diario Constitucional

Libertad de expresión y de información.

Radioemisora y periodista que divulgaron noticia sobre un caso de corrupción no incurrieron en responsabilidad civil extracontractual. Actuaron dentro de su legítimo derecho a informar, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

Las premisas fácticas sobre las que se formó la opinión la periodista y su mesa de trabajo fueron objeto de una verificación razonable, que no tenía como finalidad perjudicar al Coronel sino que hacía parte de la dimensión colectiva del derecho a la libertad de expresión, que comprende el derecho de la sociedad a recibir información y opiniones.

Por Redacción·21 de enero de 2023·4 min de lectura
imagen: freepik.es
Referencial

La Corte Constitucional de Colombia acogió las acciones de tutela deducidas por una radioemisora y una periodista, resolviendo que la divulgación de una nota periodística que se refería a un caso de corrupción se enmarca en el legítimo derecho a informar.

En 2014, los recurrentes emitieron una noticia en la que se denunciaba una presunta trama de corrupción que involucraba a un coronel de la policía. Informaron que habría incurrido en irregularidades durante la adquisición de equipos de alojamiento y campaña para su unidad policial. Durante la transmisión del programa radial tomaron contacto con el oficial para preguntarle sobre el caso. Este respondió con gritos y evasivas.

En los días posteriores se conoció que el intendente de la zona denunció penalmente al coronel por el mismo hecho. La radioemisora difundió esta noticia junto a unas grabaciones realizadas por unos funcionarios policiales, lo que motivó que el oficial demandara por responsabilidad civil extracontractual tanto al medio de comunicación como a la periodista.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.