Carecería de reconocimiento.
Secesión de Cataluña y la existencia de un derecho a decidir al margen de la Constitución Política y el Derecho.
Se concluye expresando que el llamado "derecho a decidir" no existe.

En una reciente columna se ha manifestado que ni en España ni en ninguna otra democracia existe un derecho a decidir al margen de la Constitución Política y el Derecho. La Constitución y las leyes son precisamente las que aseguran el derecho a decidir sobre los asuntos políticos que nos afectan, como se viene haciendo con absoluta transparencia y naturalidad en las elecciones locales, autonómicas, europeas y generales, entre otros procedimientos, incluido el referéndum en los términos fijados en la Constitución. Y no existe por una razón que debería ser obvia para todo demócrata: si tuviéramos un derecho ilimitado a decidir sobre cualquier aspecto y en cualquier momento, la vida en común y el sometimiento de todos a las mismas leyes serían imposibles.
Como ha explicado el escritor Javier Cercas, "en democracia no existe el derecho a decidir sobre lo que uno quiere, indiscriminadamente. Yo no tengo derecho a decidir si me paro ante un semáforo en rojo o no: tengo que pararme. Yo no tengo derecho a decidir si pago impuestos o no: tengo que pagarlos. ¿Significa esto que en democracia no es posible decidir? No: significa que, aunque decidimos a menudo (en elecciones municipales, autonómicas y estatales), la democracia consiste en decidir dentro de la ley, concepto éste que, en democracia, no es una broma, sino la única defensa de los débiles frente a los poderosos y la única garantía de que una minoría no se impondrá a la mayoría".
De esa forma, si no existe un derecho a decidir en sentido general al margen de la Constitución y de las leyes, tampoco existe un derecho a decidir la secesión como caso particular. ¿Qué pasaría si cada cierto tiempo una localidad ejerciera un hipotético derecho a decidir y se declarara autónoma y, por tanto, libre de respetar las leyes y la Hacienda nacionales o autonómicas?
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