Diario Constitucional

Recurso de casación acogido.

Si la sentencia no describe el modo en que se ha empleado la violencia no se puede condenar por el delito de coacciones, resuelve Tribunal Supremo de España.

Al no describirse el modo en que se ha empleado la violencia (vis in rebus), tratándose simplemente de un acto de tomar unos objetos, con una proposición verbal, aunque es coactivo para la libertad de la denunciante al faltar la descripción de la violencia en el factum en la sentencia, se debe absolver.

Por Redacción·14 de septiembre de 2023·3 min de lectura
Absolución de acusado por delitos de abuso sexual y lesiones en perjuicio de persona con discapacidad, se anula por no haber comparecido la víctima a la audiencia de juicio oral.
Referencial

El Tribunal Supremo de España acogió un recurso de casación interpuesto en contra de la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que confirmó la pena de 6 meses de prisión en contra de un hombre por el delito leve de coacciones en el ámbito de violencia de género.

El recurrente alegó que se falló con error en la aplicación del derecho, ya que si bien se dio por acreditado que tras una discusión con su pareja cogió de la mesa el celular y documentos de ésta indicándole que no se los daría hasta que le devolviera los suyos, por cuanto pensaba que le había escondido sus documentos, no se configura el delito de coacciones contemplado en el artículo 172 del Código Penal, puesto que no ha existido el requisito de violencia en la acción.

El máximo Tribunal refiere que, “(…) la vis o fuerza empleada por el sujeto activo del delito de coacciones no sólo comprende los casos de violencia física como tal, sino que incluye cualquier ataque a la voluntad de la víctima, pues con ello también se limita su libertad. Y en este sentido, el concepto de violencia ha ido ampliándose para incluir también la intimidación o «vis compulsiva» e incluso la fuerza en las cosas o «vis in rebus» siempre que repercuta en la libertad de la persona para el pacífico disfrute de sus derechos.”

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