Pedro Olaechea Álvarez-Calderón
TC de Perú resolvió pedido de aclaración de ex presidente de comisión permanente sobre sentencia que declaró constitucional disolución del Congreso.
El Tribunal Constitucional de Perú señaló que, si bien es cierto que su planteamiento pretendió obtener del Poder Legislativo la aprobación de la propuesta normativa, también lo es que ello no puede ser entendido como la extensión de un "cheque en blanco" a favor del Poder Ejecutivo.

En sesión del Pleno de 28 de mayo, el Tribunal Constitucional de Perú resolvió el pedido de aclaración del ex presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la República, Pedro Olaechea Álvarez-Calderón, respecto de la sentencia del Expediente 00006-2019-CC/TC, en la que, por cuatro votos contra tres, se declaró como constitucional la disolución del Congreso de la República producida el 30 de septiembre de 2019.
En su pronunciamiento, los magistrados precisaron, en relación con las cuestiones de confianza asociadas con proyectos de ley, que si bien es cierto que su planteamiento pretendió obtener del Poder Legislativo la aprobación de la propuesta normativa, también lo es que ello no puede ser entendido como la extensión de un “cheque en blanco” a favor del Poder Ejecutivo.
En tal sentido, se indicó una serie de factores que deben evaluarse en esta clase de casos, tales como i) la diversidad de materias contenidas en la propuesta; ii) su extensión, y iii) la posibilidad que la propuesta sea contraria a los criterios fijados en la STC 0006-2019-CC.
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