Exhortó al Ministerio de Defensa.
TC de Perú se pronuncia sobre embarazo de cadete y continuidad en Fuerzas Armadas.
La decisión fue acordada con el voto particular del Magistrado Sardón, quien sostuvo que la recurrente solicitó voluntariamente su baja.

El Tribunal Constitucional de Perú resolvió por mayoría la inaplicabilidad presentada por la cadete de la Fuerza Aérea del Perú (FAP), que fue dada de baja por encontrarse en estado de gestación, situación que configuró una discriminación directa basada en el sexo.
En su sentencia, la Magistratura Constitucional peruana declaró inaplicables por inconstitucionalidad los artículos 42 inciso c y 49 inciso f del Decreto Supremo N° 001-2010-DE/SG, por cuanto vulneran los derechos a la igualdad y de no discriminación, a la educación y al libre desarrollo de la personalidad, particularmente por cuanto se excluye la posibilidad de justificar, objetivamente, la razonabilidad y proporcionalidad de la medida.
Conforme a lo anterior, el TC exhortó al Ministerio de Defensa a modificar el reglamento interno de los centros de formación de las Fuerzas Armadas, y dispuso que todos los jueces que tengan en trámite demandas en las que el acto cuestionado esté fundamentado en tales disposiciones ejerzan el control difuso, observando la interpretación de la magistratura constitucional.




