Segunda sala.
TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma del Código de Justicia Militar.
La Corte Marcial solicitó al TC pronunciarse sobre los eventuales efectos contrarios a la Constitución que pudieran derivarse de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 123 Nº2 del Código de Justicia Militar. El precepto legal dispone en la parte impugnada: Solamente son apelables: "La resolución del Fiscal que deniegue la libertad provisional […],…

La Corte Marcial solicitó al TC pronunciarse sobre los eventuales efectos contrarios a la Constitución que pudieran derivarse de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 123 Nº2 del Código de Justicia Militar.
El precepto legal dispone en la parte impugnada: Solamente son apelables: “La resolución del Fiscal que deniegue la libertad provisional […], y dentro del sumario, cuando la privación de libertad haya durado más de veinte días”.
La gestión pendiente invocada incide en un juicio por detención ilegal y otros delitos, seguido ante un Juzgado Militar de Santiago y apelada en la Corte Marcial.
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