Diario Constitucional

Segunda sala.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma del Código de Justicia Militar.

La Corte Marcial solicitó al TC pronunciarse sobre los eventuales efectos contrarios a la Constitución que pudieran derivarse de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 123 Nº2 del Código de Justicia Militar. El precepto legal dispone en la parte impugnada: Solamente son apelables: "La resolución del Fiscal que deniegue la libertad provisional […],…

Por Redacción·05 de enero de 2012·2 min de lectura
TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma del Código de Justicia Militar.
Referencial

La Corte Marcial solicitó al TC pronunciarse sobre los eventuales efectos contrarios a la Constitución que pudieran derivarse de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 123 Nº2 del Código de Justicia Militar.

El precepto legal dispone en la parte impugnada: Solamente son apelables: “La resolución del Fiscal que deniegue la libertad provisional […], y dentro del sumario, cuando la privación de libertad haya durado más de veinte días”.

La gestión pendiente invocada incide en un juicio por detención ilegal y otros delitos, seguido ante un Juzgado Militar de Santiago y apelada en la Corte Marcial.

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