Por unanimidad.
TC español admite a trámite recurso del Gobierno y suspende convocatoria catalana de consulta popular.
Se espera que en los próximos días la Magistratura Constitucional se pronuncie sobre el fondo del asunto sometido a su conocimiento.

En forma unánime, el Pleno del Tribunal Constitucional español admitió a trámite la petición de nulidad respecto a la Resolución del Parlamento de Cataluña que aprueba las conclusiones de la comisión de Estudio del Proceso Constituyente.
El Pleno de la Magistratura Constitucional ibérica acordó suspender la vigencia y aplicación de dicha Resolución, a partir del requerimiento del Gobierno español, invocando el artículo 161.2 de la Constitución. Dicho precepto establece lo siguiente: “El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”.
De igual modo, la Magistratura Constitucional advirtió a la Presidenta del Parlamento de Cataluña, a los demás miembros de la Mesa del Parlamento y al Secretario General del Parlamento de Cataluña, así como al Presidente y demás miembros del Consejo de Gobierno de la Generalitat de Cataluña, su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir.




