Aprobada en febrero en la Asamblea regional.
TC español admitió a trámite recurso del Gobierno contra Ley de Emergencia Social de la Vivienda de Extremadura.
Las normas cuestionadas permiten expropiar temporalmente, por tres años máximo, los pisos en los que los bancos aplican una ejecución hipotecaria y desahucio por impago.

El Pleno del Tribunal Constitucional español admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno en contra de varios preceptos de la Ley de Emergencia Social de la Vivienda de Extremadura, aprobada en febrero en la Asamblea regional.
El Tribunal confirió traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a la Asamblea y a la Junta de Extremadura, por el plazo de quince días, lapso en que deberán formular las alegaciones que estimen pertinentes.
El Gobierno entiende que las comunidades no pueden ejercer su competencia exclusiva en materia de vivienda desconociendo que, por el principio de igualdad, la determinación de los mecanismos e instrumentos de realización de la función social de la propiedad que delimitan su contenido corresponde al Estado.
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