Autonomía.
TC español declara nulos preceptos legales que permiten a organismos estatales imponer sanciones.
El TC español consideró el recurso presentado y determinó que ambos preceptos vulneran la potestad sancionadora de las Comunidades Autónomas en materia de Seguridad Social.

Se dedujo recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional español –por parte del Gobierno del País Vasco- en contra de dos artículos de la Ley 1/2014, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social.
Al efecto, cabe recordar que los preceptos impugnados reforman la Ley de Empleo y la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, y atribuyen a organismos estatales –Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o, en su caso, al Instituto social de la Marina (ISM)- la capacidad de imponer sanciones a los beneficiarios de prestaciones de desempleo que no cumplan con el requisito de figurar inscritos como demandantes de empleo.
El TC español consideró el recurso presentado y determinó que ambos preceptos vulneran la potestad sancionadora de las Comunidades Autónomas en materia de Seguridad Social.
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