Diario Constitucional

No se afecta el derecho a la intimidad.

TC español dictó sentencia que denegó amparo por haberse obtenido muestra de ADN sin consentimiento del autor del delito.

El TC español dictó sentencia respecto de un recurso de amparo interpuesto por un individuo.

Por Redacción·12 de diciembre de 2013·3 min de lectura
TC español dictó sentencia que denegó amparo por haberse obtenido muestra de ADN sin consentimiento del autor del delito.
Referencial

El TC español dictó sentencia respecto de un recurso de amparo interpuesto por un individuo, producto de su identificación y posterior condena como autor de un delito de daños terroristas mediante el análisis de una muestra de ADN recogida sin su consentimiento y sin orden judicial.

La situación se origina en la condena del recurrente por una acción violenta, al coincidir el ADN encontrado en una prenda hallada en las cercanías del lugar, con una muestra de ADN del recurrente que se obtuvo a partir de la saliva que los agentes de la Policía recogieron cuando éste escupió en el suelo al salir de la celda.

En su sentencia, la Sala Segunda de la Magistratura Constitucional hispana descartó, en primer término, la vulneración del derecho a no declararse culpable y a no declarar contra sí mismo, por cuanto el recurrente no “se vio forzado a escupir como consecuencia de las condiciones de la detención, ni se advierte ni aduce haber sido objeto de engaño alguno”.

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