Prohibición de tratos inhumanos.
TEDH falló contra Eslovaquia en caso de brutalidad policial contra dos gitanos.
Alegan que fueron factores influyentes en los malos tratos y la falta de investigación sobre los hechos alegados, su origen de etnia Romaní y un instaurado racismo institucional en Eslovaquia.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sancionó pecuniariamente a Eslovaquia por falta de investigación de las alegaciones de discriminación en la preparación de un operativo policial en 2013, respecto de los denunciantes y víctimas de brutalidad policial (dos gitanos).
La decisión del Tribunal incide en una denuncia por malos tratos policiales, falta de adecuada investigación y discriminación por motivos de origen romaní. En junio de 2013 se llevó a cabo un operativo policial, en una localidad al este de Eslovaquia, con el propósito de encontrar a prófugos asociados a hechos delictivos.
Al respecto, el primer demandante sostuvo que lo esposaron, arrastraron fuera de su casa y lo golpearon, tanto con palos como con un arma de electrochoque. Un informe forense de 2014, indica que habría sufrido una fractura de costilla y que las lesiones que presenta en su columna pueden ser consecuencia de un fuerte golpe en la espalda con un objeto contundente, no obstante ser sólo sospechoso de haber cometido el delito menor de desórdenes en la vía pública. El segundo demandante sostuvo que fue electrocutado y golpeado por una porra en brazos, espalda y piernas. Un informe forense encontró que las lesiones que presentaba habían sido causadas por un objeto romo, plano y alargado, probablemente similar a un bastón.
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