Diario Constitucional

Remisión prejudicial.

TJUE determina que Francia fundamentó correctamente la necesidad de prohibir ciertos insecticidas para proteger a las abejas.

La Unión de empresas para la protección de las plantas se opusieron a la prohibición.

Por Redacción·19 de octubre de 2020·2 min de lectura
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Referencial

Las abejas están desapareciendo por culpa de los insecticidas, tema que preocupa a los gobiernos y, ante lo cual, Francia prohibió totalmente el uso de las sustancias tóxicas usadas en la agricultura llamadas acetamiprid, clotianidina, imidacloprid, tiacloprid y tiametoxam. El Reglamento (CE) n.º 1107/2009 que armoniza la autorización de sustancias activas y de productos fitosanitarios en la Unión Europea, también prohíbe el uso de las sustancias previamente nombradas, pero con excepciones y como medidas de emergencia.

La Union des industries de la protection des plantes interpuso ante el Consejo de Estado francés, un recurso con el fin de que se anulara el citado Decreto, ya que estimaban que la medida era incompatible con el Reglamento, porque el prohibir de forma total no es una medida excepcional de emergencia y porque Francia no citó el reglamento al informar al Consejo Europeo del Decreto.

A causa de ello, el Consejo pregunta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) si la Directiva sobre las comunicaciones entre los Estados Miembros y el Reglamento de armonización, deben interpretarse en el sentido en que se considera que la comunicación del Decreto al Consejo, constituye una información oficial de la necesidad de adoptar medidas de emergencia y si estas medidas pueden ser permanentes.

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