Diario Constitucional

En aplicación de la perspectiva de género.

Tribunal argentino falla contra hombre que perjudicó a su cónyuge al traspasar bienes conyugales a su madre en el marco de un juicio de divorcio.

Juzgar con perspectiva de género implica detectar durante un procedimiento judicial una situación de desigualdad en razón del género, para corregirla a través de la interpretación y aplicación de la ley, teniendo en cuenta la especial situación de quien la padece; es una herramienta metodológica para el Juez que implica un esfuerzo intelectual por comprender la complejidad social, cultural y política que existe en relación al género para evitar situaciones de desigualdad.

Por Redacción·03 de septiembre de 2024·3 min de lectura
imagen: datos.gob.es
Referencial

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Minería de General Roca (Argentina), confirmó el fallo de instancia dictado contra un hombre que transfirió bienes indebidamente a nombre de su progenitora, con el fin de perjudicar a su cónyuge, por lo que restableció el equilibrio patrimonial. Hizo aplicación de la perspectiva de género para fundar su sentencia, al constatar que en el caso se evidenciaban numerosas situaciones de violencia familiar y económica que perjudicaban a la afectada.

La demandante presentó una acción judicial en el marco de un proceso de divorcio, en la cual se alegó un presunto fraude en la división de los bienes matrimoniales. Según la actora, no se reflejaron en el inventario patrimonial ciertos activos adquiridos durante el matrimonio, tales como inversiones en bienes inmuebles, la adquisición de cuatro vehículos a nombre de su suegra, y diversas mejoras realizadas en la vivienda familiar, habiendo sufrido un gran perjuicio económico a causa de esta omisión.

Agregó que la distribución de las cuotas sociales de la empresa familiar favorecía al demandado, quien poseía el 80% de las participaciones sociales, mientras que la demandante solo figuraba con un 20%. Dicho reparto también se extendía a la toma de decisiones en la empresa, donde el demandado mantenía prácticamente la totalidad de las facultades de gestión y control del negocio en cuestión. La demanda fue acogida parcialmente por el juez a quo y apelada en segunda instancia.

Comentarios (1)

  1. Eduardo González

    Que manera más fluida de fallar contra el principio de igualdad ante la Ley y destruir de pasada todo lo que significa estado de derecho y un gobierno democrático. Pero la realidad es que siempre han existido grupos de personas a las cuales por ciertas circunstancias, raza, religión, estado civil, nacionalidad, etc., tienen privilegios frente a los demás. Si va a ser así, espero que empecemos a establecer privilegios y visiones trascendentales para nosotros los cristianos.

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