Decisión criticada.
Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncia sobre prohibición de velo islámico por parte de empresas privadas.
La decisión fue criticada por Amnistía Internacional, que consideró que la decisión judicial ofrece argumentos a las empresas para discriminar.

Recientemente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolvió que las empresas privadas pueden prohibir a sus empleados lucir velo islámico en el lugar de trabajo, siempre que las normas internas de indumentaria afecten a cualquier símbolo religioso, filosófico o político y no solo a las personas de una confesión en particular, es decir, siempre que exista una afectación contemplada en términos generales.
Cabe recordar que el caso trata sobre una recepcionista despedida por una empresa belga tras negarse a quitarse el pañuelo islámico en su puesto de trabajo, no respetando así la norma interna de esta empresa que impide lucir prendas de tipo religioso para mantener la "neutralidad" de cara a los clientes.
La norma interna de la empresa citada señala lo siguiente: "Se prohíbe a los trabajadores llevar signos visibles de sus convicciones políticas, filosóficas o religiosas u observar cualquier rito derivado de éstas en el lugar de trabajo".
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