Contaminación.
Tribunal General de la UE da la razón a París, Madrid y Bruselas y anula parcialmente el Reglamento que fijaba límites de emisiones diesel demasiado elevados.
El Tribunal anula parcialmente el Reglamento de la Comisión que fijaba unos límites de las emisiones de óxidos de nitrógeno demasiado elevados para los ensayos de los turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos.

En una reciente publicación del medio noticias.juridicas.com se da a conocer el artículo “El Tribunal General de la UE da la razón a París, Madrid y Bruselas y anula parcialmente el Reglamento que fijaba límites de emisiones diesel demasiado elevados”.
Se sostiene que el Tribunal General de la Unión Europea, en sentencia en los asuntos acumulados T-339/16 Ayuntamiento de Paris / Comisión, T-352/16 Ayuntamiento de Bruselas / Comisión, T-391/16 Ayuntamiento de Madrid / Comisión, estima los recursos interpuestos por los Ayuntamientos de París, de Bruselas y de Madrid y anula parcialmente el Reglamento de la Comisión que fijaba unos límites de las emisiones de óxidos de nitrógeno demasiado elevados para los ensayos de los turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos.
La Comisión definió en su Reglamento 2016/646 los límites de las emisiones de óxidos de nitrógeno no sobrepasables durante los nuevos ensayos en condiciones reales de conducción (en lo sucesivo, «ensayos de RDE»), a los que los fabricantes de automóviles deben someter los turismos y vehículos comerciales, en particular en el marco de los trámites de homologación de los nuevos tipos de vehículos.
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