Tráfico de drogas.
Tribunal Supremo de España se pronuncia sobre los criterios probatorios para determinar el dolo en el delito de tráfico de drogas y desvirtuar la presunción de inocencia.
La intención del agente de traficar drogas puede obtenerse mediante pruebas directas, o mediante indicios o factores externos y objetos que “trasluzcan y evidencien el propósito promocional de la droga”.

El Tribunal Supremo rechazó el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla de la Manchal que condenó a un individuo por el delito de tráfico de drogas, a la pena de 3 años.
El caso se refiere a la incautación, en el marco de un control rutinario de vehículos, de una bolsa de plástico que, a su vez, contenía cinco bolsitas de distintos tamaños con heroína y cocaína. Debajo de la caja de cambios se encontró una bolsa que contenía 6 gramos de “heroína en roca”.
La recurrente sostiene, entre otras alegaciones, que se vulneró el principio de presunción de inocencia puesto que, afirma, el informe de la Guardia Civil reconocía que este era un consumidor de marihuana, heroína y cocaína, por lo que no puede afirmarse con solidez que la droga incautada no estaba destinada al consumo personal.
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