Violencia machista.
TS de España destaca que maltrato de género previo o la demora en denunciar no pueden llevar a dudar de la víctima.
Deben ser personas de su entorno, o familiares, quienes, al fin, les convenzan de que denuncien para acabar de una vez con el sufrimiento que están viviendo.

El Tribunal Supremo de España sentenció que cuando han existido episodios previos de maltrato no puede dudarse de la veracidad de la declaración de la víctima. Y lo mismo cuando ésta se retrasa en denunciar por las particularidades de este tipo de delitos en pareja. Se destacan a continuación tres aspectos fundamentales de la decisión del Supremo.
El primero, relativo la credibilidad en la declaración de la víctima. Al respecto sostiene que ésta es convincente para el Tribunal, ya que se declara sin existir situación alguna de enemistad. Además, las víctimas de violencia de género suelen ser reacias, en principio, a denunciar por las razones múltiples que existen acerca de no saber qué va a ocurrir con ellas, la reacción posterior del agresor acerca de si puede ser peor para ellas la denuncia que el silencio, si no tienen medios económicos si van a poder subsistir, etc. En virtud de ello, en este caso, como sucede en muchas ocasiones, debe ser una persona de su entorno, quien le ayude y le convenza de que denuncie y acuda al médico. Ello refuerza su neutralidad y que no miente al Tribunal cuando relata lo que ocurrió ante la sucesión de golpes que le propina el recurrente.
El segundo, se refiere a que el retraso en un día en denunciar y ser reconocida por el médico no puede cuestionar su credibilidad, dado que se trata de supuestos con unas connotaciones especiales en donde generalmente, y en muchos casos, la denuncia se dirige contra quien es su pareja y el padre de sus hijos, que, además, posiblemente hasta puede ser su sustento económico, lo que conlleva a que las víctimas de violencia de género valoren todas estas circunstancias a la hora de decidirse sobre si denuncian, o no.
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