Cuestión de inconstitucionalidad.
TS de España planteó al TC cuestión de inconstitucionalidad sobre Ley Orgánica del Régimen Electoral General que regula sanciones electorales.
El máximo Tribunal ibérico consideró que los principios constitucionales que pueden resultar infringidos son el de seguridad jurídica, el de taxatividad de las disposiciones sancionadoras, y el de exigencia de precisión en la determinación de las sanciones de ese mismo precepto constitucional.

El Tribunal Supremo de España planteó al Tribunal Constitucional español una cuestión de inconstitucionalidad sobre el artículo 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, que estableció las sanciones pecuniarias a imponer por infracción de las normas establecidas en dicha ley que no constituyan delito.
El máximo Tribunal ibérico consideró que los principios constitucionales que pueden resultar infringidos son el de seguridad jurídica, el de taxatividad de las disposiciones sancionadoras, y el de exigencia de precisión en la determinación de las sanciones de ese mismo precepto constitucional.
El Tribunal Supremo español cree que el mencionado artículo, valorado en sí mismo y de forma aislada, contiene una norma sancionadora de posible inconstitucionalidad por ser imprecisa, incluso desde el punto de vista gramatical, abierta y de dudosa compatibilidad con las exigencias de la garantía material exigible a todo tipo sancionador porque, lejos de contener el núcleo esencial de la prohibición, se limitó a tipificar como sancionable, en forma tautológica, “toda infracción de las normas obligatorias establecidas en la presente Ley que no constituya delito”.
Te puede interesar

Remisión prejudicial.
TJUE señala que si un pasajero con única reserva donde hay varias líneas aéreas que realizan el viaje puede solicitar indemnización en el Estado donde se inició el trayecto.

Rechazó Casación.
TS de España confirmó legalidad de huelga convocada por Intersindical-CSC.

Opinión.
La ropa que llevamos puede robarnos la credibilidad profesional.

