Opinión.
TS de España reconoce el derecho a una prótesis de última generación como reparación «íntegra» del daño en accidente laboral.
La prótesis reclamada por el trabajador permite hacer presión con todos los dedos de la mano biónica, y no solo con tres.

En una reciente publicación del medio español Confilegalse da a conocer el artículo "El Supremo reconoce el derecho a una prótesis de última generación como reparación “íntegra” del daño en accidente laboral".
Sostiene que la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de un trabajador que sufrió la amputación de su mano derecha a que se le implante una prótesis mioeléctrica de última generación y no la meramente convencional que está prevista para los supuestos de asistencia sanitaria ordinaria.
La prótesis reclamada por el trabajador permite hacer presión con todos los dedos de la mano biónica, y no solo con tres (como la convencional); además, la clásica solo permite la presión de pinza y la conseguida por el trabajador le permite realizar el agarre con todos los dedos de la mano.
Te puede interesar

Prisión preventiva.
TS español establece que toda absolución da lugar a una indemnización al perjudicado que haya sufrido prisión preventiva.

Derechos Humanos.
CIDH emite medidas de protección para Héctor Armando Hernández Da Costa en Venezuela.

Opinión.
La UEFA tiene recursos legales para combatir el racismo y xenofobia en el fútbol.

