Diario Constitucional

Derecho a la igualdad y a la educación.

TS de España reconoció el derecho de los padres de un niño con necesidades educativas especiales a elegir colegio.

Con la Convención de los Derechos de las personas con discapacidad, son las particularidades de cada caso las que deben tomarse en consideración en orden a la educación inclusiva.

Por Redacción·01 de julio de 2019·2 min de lectura
TS de España reconoció el derecho de los padres de un niño con necesidades educativas especiales a elegir colegio.
Referencial

El Tribunal Supremo de España estimó el recurso contencioso-administrativo por la vía especial del procedimiento para la protección de derechos fundamentales de la persona planteado por los padres de un niño con necesidades especiales, que deseaban escolarizarlo en el CEIP “La Estación” de Arnedo en lugar del CEIP “Antonio Delgado Calvete” de la misma ciudad, que le había adjudicado la Dirección General de Educación, debido a que la madre era profesora en el primer colegio.

Cabe recordar que el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja inadmitió el recurso interpuesto por los progenitores contra la decisión administrativa, que fue confirmada al considerar la sentencia recurrida que no se trataba de un problema de educación inclusiva, sino de elección de centro por lo que no se vulneraba el derecho fundamental a la educación.

La sentencia del máximo Tribunal español indicó que es cierto que no se ha producido una negativa absoluta de la administración a la pretensión ejercitada porque se reconoce la educación inclusiva pero no en el centro elegido por los padres. Sin embargo, indicó que no existen pruebas que evidencien la existencia de cargas desproporcionadas para el centro por la incorporación al mismo del hijo de los recurrentes. Asimismo, consideró relevante que en el centro preferido por los padres trabaje como profesora la madre del niño cuya escolarización se pretende; un dato que no fue valorado por la sentencia recurrida. También resulta relevante que en la sesión del claustro, celebrado el 16 de mayo de 2017, 34 de los 35 asistentes, con una abstención, votaron –individualmente y de manera anónima- estar dispuestos a admitir al alumno a pesar de no contar a priori con la Auxiliar Técnico Educativo que el alumno necesita tras la exposición por su madre de mejor compatibilización de horarios, descansos, y de los programas de neuromotor y de estimulación hemisferial basados en los nuevos conocimientos de neurociencia, aplicados en el colegio.

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