Diario Constitucional

En segundo trámite constitucional.

Cámara de Diputados aprobó proyecto de ley otorga indulto a condenados por determinados delitos para reducir hacinamiento carcelario.

La Cámara de Diputados aprobó–con 76 votos a favor, 17 en contra y 5 abstenciones- el proyecto de ley iniciado por mensaje, que concede un indulto general a personas privadas de libertad, sea que se trate de una mujer que haya cumplido dos tercios de su condena, sea que el condenado esté beneficiado con el…

Por Redacción·17 de octubre de 2011·2 min de lectura
Cámara de Diputados aprobó proyecto de ley otorga indulto a condenados por determinados delitos para reducir hacinamiento carcelario.
Referencial

La Cámara de Diputados aprobó–con 76 votos a favor, 17 en contra y 5 abstenciones- el proyecto de ley iniciado por mensaje, que concede un indulto general a personas privadas de libertad, sea que se trate de una mujer que haya cumplido dos tercios de su condena, sea que el condenado esté beneficiado con el permiso de salida controlada al medio libre o de reclusión nocturna, siempre y cuando concurran los requisitos establecidos, a fin de reducir el hacinamiento carcelario. Incluyendo, mediante indicación del Ejecutivo, un indulto general a los extranjeros que, a la fecha de entrada en vigencia de la ley, se encuentren privados de libertad consistente en la conmutación del saldo de la o las penas privativas de libertad que le restan por cumplir, por la pena de extrañamiento especial en su país de origen.

Cabe recordar que desde su ingreso a trámite legislativo-en marzo del año en curso- quedó en evidencia la necesidad de realizar “ciertas modificaciones al proyecto original”, afirmó el entonces Ministro de Justicia, Felipe Bulnes. Por ello es que fue remitida al Senado con enmiendas, entre las que se cuentan, que se permitirá a las personas ya enumeradas, no solo la “conmutación del saldo respecto de las pena privativa” de libertad, sino además “de la multa”, esto último, con excepción de los sancionados por la Ley de Tránsito, puesto que el indulto no alcanza las penas accesorias.

Si bien, en cualquier caso los beneficiados por la conmutación de la pena quedarán sujetos a un período de control y observación por parte de Gendarmería, el plazo máximo ya no es de cinco, sino que de tres años siguientes a la concesión del indulto conmutativo. Sin perjuicio, del compromiso que no puedan volver a delinquir durante 5 años siguientes al otorgamiento del precitado beneficio.

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