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Tráfico, usurpación y armas

Condenan a acusado por tráfico de drogas, usurpación violenta y tenencia ilegal de arma de fuego en San Fernando

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando condenó a un acusado a 5 años y un día de presidio efectivo, una multa de 40 UTM y al pago del 50% de las costas, en calidad de autor del delito consumado de tráfico de estupefacientes, cometido en mayo de 2025 en esa comuna.

Por Redacción·16 de septiembre de 2026·4 min de lectura
Condenan a acusado por tráfico de drogas, usurpación violenta y tenencia ilegal de arma de fuego en San Fernando
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando condenó a un acusado a 5 años y un día de presidio efectivo, una multa de 40 UTM y al pago del 50% de las costas, en calidad de autor del delito consumado de tráfico de estupefacientes, cometido en mayo de 2025 en esa comuna.

En fallo unánime, el tribunal impuso además al condenado dos penas adicionales de cinco años de presidio efectivo, como autor de los delitos consumados de usurpación violenta en lugar habitado y tenencia ilegal de arma de fuego con número de serie borrado, respectivamente.

Una vez que la sentencia quede ejecutoriada, se dispuso la toma de muestras biológicas del condenado para determinar su huella genética e incorporarla al Registro Nacional de ADN de Condenados. Asimismo, se ordenó el comiso y destrucción de la droga, sus contenedores, el arma, las municiones y las demás especies incautadas durante el procedimiento policial.

En la misma causa, el tribunal absolvió al acusado del delito de amenazas simples que le había atribuido el Ministerio Público, al considerar que dicha conducta quedó subsumida en el delito de usurpación violenta. También fue absuelto del delito de tenencia ilegal de municiones, debido a que existía duda razonable respecto de su conocimiento y posesión.

El tribunal tuvo por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de la una de la madrugada del 13 de mayo de 2025 el acusado ingresó sin autorización, acompañado de otros sujetos, a un departamento habitado ubicado en un block de la población San Hernán, en San Fernando.

El ingreso se produjo en un contexto de golpes en la puerta, presencia de armas de fuego e intimidaciones, con la finalidad de ocupar el inmueble. Una vez en su interior, el acusado exigió a los ocupantes que abandonaran el departamento, logrando que una de las víctimas se retirara mientras sus pertenencias permanecían en el lugar.

Cuando la víctima regresó acompañada de su madre, desde el departamento se efectuaron disparos, lo que, según el tribunal, consolidó el contexto de amedrentamiento y ocupación violenta del inmueble.

Posteriormente, alrededor de las 22:30 horas del mismo día, personal policial dio cumplimiento a una orden judicial de entrada y registro del departamento. En su interior encontró al acusado junto a un menor de 13 años.

La sentencia estableció que el condenado había permanecido en la vivienda desde que esta fue ocupada y que asumió el control material de las especies que se encontraban en su interior, apropiándose de la droga y manteniéndola bajo su custodia y disponibilidad.

Durante el registro, la policía encontró en el living comedor y sectores inmediatos 209 envoltorios de papel cuadriculado que contenían cocaína base, con un peso operativo de 55,7 gramos; 21 bolsas plásticas transparentes con cocaína clorhidrato, con un peso operativo de 11,3 gramos; y una bolsa con la leyenda “Esika” que contenía cocaína base, con un peso operativo de 48,7 gramos.

Además, fueron incautados una gramera digital, tres ralladores con residuos que dieron positivo a cocaína base, dinero en efectivo y divisas.

Las sustancias fueron remitidas, recibidas y analizadas por el Servicio de Salud y el Instituto de Salud Pública, organismos que determinaron su naturaleza y pureza.

Para el tribunal, la cantidad y diversidad de las drogas encontradas, su fraccionamiento, la existencia de instrumentos utilizados para su preparación y el dinero incautado permitieron establecer que las sustancias estaban destinadas al tráfico y no al consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo.

En el mismo procedimiento se estableció que el acusado portaba y mantenía bajo su disponibilidad inmediata una pistola Glock modelo 17, calibre 9 x 19 milímetros, apta para el disparo y cuyo número de serie había sido borrado mediante abrasión.

El arma tenía instalado un cargador Glock extendido con capacidad para 31 cartuchos. También se encontró un segundo cargador extendido y diversos cartuchos calibre 9 x 19 milímetros compatibles con el arma y aptos para ser disparados.

El acusado reconoció que la pistola, los cargadores y las municiones se encontraban bajo su poder y que los llevaba consigo cuando ingresó al departamento.

El tribunal tuvo por establecido, además, que el condenado no contaba con autorización ni inscripción para la tenencia, porte o transporte de armas de fuego o municiones.

Finalmente, la sentencia precisó que cuatro cartuchos calibre 12 y una culata de material plástico también encontradas durante el procedimiento no formaron parte de los hechos que se tuvieron por acreditados para sustentar las condenas relacionadas con armas y municiones.

Vea sentencia Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando Rol Nº66-2026.

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