Diario Constitucional

Responsabilidad del conductor.

Corte de Concepción revoca sentencia y absuelve a condenada por infracción de tránsito

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de apelación en contra de la sentencia de primer grado que condenó a dos particulares, como infractoras a los artículos 108 y 139 de la Ley 18290.

Por Redacción·09 de junio de 2015·3 min de lectura
Corte de Concepción revoca sentencia y absuelve a condenada por infracción de tránsito
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de apelación en contra de la sentencia de primer grado que condenó a dos particulares, como infractoras a los artículos 108 y 139 de la Ley 18290, causándose recíprocamente daños, al pago de una multa, rechazando las demandas civiles.

Al efecto, expusieron las recurrentes en su libelo que el fallo no indica cómo llega a la conclusión de que una de las particulares abusó negligentemente de su derecho de paso preferente; que carece de certeza jurídica la afirmación de que la otra conductora disminuyó la velocidad porque había un bache, sosteniendo que la particular no adoptó las precauciones mínimas de seguridad, sin explicar cómo llegó a tal conclusión; y, se le sanciona, no obstante reconocer que tenía derecho preferente de paso.

En su sentencia, el Tribunal de alzada adujo en lo grueso que no existen elementos de juicio que permitan afirmar, como lo hace la sentenciadora, que a la época del accidente hubiese existido un bache por el Pasaje Los Escolapios, teniendo en consideración que la inspección personal se llevó a efecto el 9 de abril de 2013 y los daños en choque se produjeron el 23 de septiembre de 2011. Ni menos aún que la señora Aubazartt haya disminuido la velocidad antes de llegar a la esquina, sólo concurre su propia afirmación.

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