En fallo unánime.
Corte de Santiago condenó a empresa aérea y DGAC a pagar indemnizaciones a sobreviviente y familiares de las víctimas fatales de accidente aéreo.
La sentencia del Tribunal de alzada ratificó la responsabilidad de la DGAC por falta de servicio, al permitir el despegue de la aeronave desde el aeródromo de El Tepual de Puerto Montt, pese a las desfavorables condiciones de visibilidad.

En fallo unánime, la Corte de Santiago condenó a la empresa Aerogala S.A. y la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), ratificando la sentencia dictada por el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, a pagar una indemnización de más de 21 mil unidades de fomento por las lesiones sufridas por el pasajero José Luis Rojas Escobar y a los familiares de los fallecidos Francisco Feliú Mora y José Baeza Diocarets en accidente aéreo producido en la ruta Puerto Montt-Chaitén, en junio de 2005.
Cabe recordar, que las víctimas viajaban en el avión Cessna U206G de la empresa Areogala S.A. que el 21 de junio de 2005, se estrelló con un cerro mientras cubría la ruta Puerto Montt-Chaitén, debido a las malas condiciones meteorológicas en la zona.
El Tribunal de alzada ratificó la responsabilidad de la DGAC por falta de servicio, al permitir el despegue de la aeronave desde el aeródromo de El Tepual de Puerto Montt, pese a las desfavorables condiciones de visibilidad.
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