Diario Constitucional

Casación fondo acogida

Corte Suprema acoge recurso de Isapre sobre cálculo de intereses en indemnización por daño moral

Las indemnizaciones por daño moral constituyen obligaciones de valor, de modo que los reajustes e intereses deben calcularse únicamente desde que la sentencia queda firme y ejecutoriada, y no desde la interposición de la demanda.

Por Redacción·01 de septiembre de 2025·4 min de lectura
Imagen: cuche.cl
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La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo deducido por Isapre Consalud en un juicio ordinario de indemnización de perjuicios.

El litigio se originó a raíz de la alegación de incumplimiento de contrato de salud por parte de la entidad, lo que dio paso a la reclamación de una indemnización por daño moral. La demandante afirmó que la Isapre se negó a pagar íntegramente el subsidio maternal que le correspondía según la normativa vigente, situación que habría afectado su integridad psíquica y la de su hijo, solicitando por ello el pago de la indemnización correspondiente.

La Isapre, al contestar la demanda, solicitó su rechazo, negando la existencia de un incumplimiento contractual. Sostuvo que había actuado conforme a derecho en el cálculo y pago del subsidio maternal, por lo que no procedía atribuirle responsabilidad ni condenarla al pago de indemnización alguna.

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