Por aplicación de los artículos 152 y 318 del CPC.
CS acoge casación en el fondo en abandono de procedimiento y declara que recibir a prueba la causa es de impulso del tribunal.
“debe estar en situación de sacar de la inactividad el procedimiento e impulsarlo a su término por medio de actuaciones útiles a tal fin, de lo contrario no se observa necesidad que persevere en la repetición de presentaciones que en nada conducirán a su término”.

Se dedujo recurso de casación en el fondo en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que, revocando la de primer grado, declaró el abandono del procedimiento en un juicio de cobro de peso iniciado por el Fisco.
En el arbitrio de nulidad sustancial se denuncia la infracción al artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el impulso procesal no era de cargo de las partes. Además, se denuncia la vulneración del artículo 318 del mismo cuerpo legal, que hace de cargo del juez la iniciativa para recibir la causa a prueba, sobre todo si el demandante lo había solicitado.
La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo, razonando que el abandono “constituye una sanción para el litigante que por su negligencia, inercia o inactividad, detiene el curso del pleito, impidiendo con su paralización que éste tenga la pronta y eficaz resolución que le corresponde; y una vez declarado el abandono y por efecto del mismo, las partes pierden el derecho de continuar el procedimiento abandonado y de hacerlo valer en un nuevo juicio, aunque no se extinguen sus acciones y excepciones y subsisten con todo su valor los actos y contratos de que resulten derechos definitivamente constituidos”.
Comentarios (2)
Alex Hola, que pasa con la sentencia, no se puede ver.
Elke von Loebenstein Estimado Alex Se arregló el link y se puede ver la sentencia. Gracias por contactarnos. Saludos.
Te puede interesar

Por manifiesta falta de fundamento.
CS desestima recurso de casación en el fondo contra sentencia de Corte de Santiago que acogió demanda de cobro de pesos.

No se alteró el onus probandi.
CS rechaza casación en el fondo contra sentencia que condenó a municipio a indemnizar por lesión causada por cables en mal estado.

Transcurrió el plazo legal.
CS rechaza casación en el fondo y confirma prescriptibilidad de acciones de responsabilidad patrimonial del Estado.

