Félix Bulnes.
CS rechazó casación y confirma sentencia que condenó a hospital pagar indemnización por muerte de recién nacida.
La CS ratificó fallo que ordena al fisco pagar una indemnización total de $100.000.000 a matrimonio, cuya hija recién nacida murió producto de la falta de una apropiada atención durante el parto.

En fallo unánime, la Corte Suprema ratificó fallo que ordena al fisco pagar una indemnización total de $100.000.000 a matrimonio, cuya hija recién nacida murió producto de la falta de una apropiada atención durante el parto, en 2008, en el Hospital Félix Bulnes
La sentencia de la Corte Suprema rechazó recurso presentado por la demandada por considerar que la resolución de primera instancia del juez subrogante del Noveno Juzgado de Civil de Santiago, Patricio Hernández Jara, que estableció la falta de servicio del hospital, se dictó sin infracción de ley.
En su fallo, expuso el máximo Tribunal que, en lo que respecta a la crítica planteada a los sentenciadores en el sentido de haber tenido por acreditada la existencia de perjuicios morales sobre la base de la prueba testimonial rendida, en circunstancias que todo daño debe probarse, cabe precisar que si bien es efectivo que al igual que el daño material, el detrimento moral requiere ser acreditado, no es efectivo que en la sentencia recurrida se haya declarado tal menoscabo sin auxiliarse en prueba alguna. En efecto, en el considerando décimo octavo del fallo que se revisa se indicó que los sufrimientos y molestias experimentados por los actores se hallaban corroborados por los dichos de dos testigos, quienes se refirieron a la aflicción que padecieron aquéllos.
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