Tribunal Supremo de España.
Sentencia de imputado que apuñaló a guardia de seguridad de discoteca es confirmada.
La atenuante pasional invocada por el recurrente fue desestimada al no poder probar que se encontraba limitado de comprender los alcances antijurídicos de sus acciones, debido al excesivo consumo voluntario de alcohol y drogas con anterioridad al hecho.

El Tribunal Supremo de España rechazó un recurso de casación interpuesto en contra de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia, que confirmó aquella de base que condenó a un imputado como autor del delito de homicidio tentado.
El imputado, tras mantener de madrugada un altercado en una discoteca con varias personas, fue expulsado al exterior, donde continuó el enfrentamiento con alguna de esas personas. En medio de la riña, el sentenciado tomó una navaja tipo mariposa de 10 cm. de hoja que portaba en el bolsillo trasero de su pantalón, con la que encaró a uno de los individuos, mostrándola de forma amenazadora, mientras profería expresiones como «ven que te mato».
En este contexto, el imputado lanzó un golpe de trayectoria ascendente con la navaja dirigido al tronco de su oponente, pero que alcanzó a uno de los guardias que controlaba el acceso en la discoteca, ajeno al incidente, produciéndole una herida corto punzante en región abdominal, la cual, pudo causar la muerte del lesionado de no haber recibido asistencia médica.
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