Recurso de protección acogido.
Tramitación de carta de nacionalidad negada por error administrativo a ciudadano venezolano debe seguir su curso, resuelve la Corte Suprema.
El máximo Tribunal confirmó el fallo de la Corte de Chillán, que consideró vulnerada la igualdad ante la ley por la negativa del Servicio Nacional de Migraciones a tramitar la carta de nacionalización, a partir de un errado informe de egresos del país, ya que el actor nunca perdió su calidad de residente definitivo.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Chillán, que acogió el recurso de protección interpuesto por un ciudadano venezolano en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que se negó a tramitar la solicitud carta de nacionalidad invocando para ello que no cumplía con el requisito legal de contar con permiso de permanencia vigente.
El recurrente expone que ingresó a Chile el 16 de septiembre de 2016, y obtuvo la residencia definitiva el 31 de agosto de 2018. El 26 de julio de 2022, solicitó carta de nacionalización, y el 21 de marzo de 2023, mediante correo electrónico, recibió una notificación del recurrido que le indicó que su solicitud no cumplía con los requisitos legales, por no contar con un permiso de permanencia vigente.
Refiere que, desde que ingresó a Chile sólo ha salido del país en dos oportunidades, una con destino a Estados Unidos en el año 2020, y otra con destino a Colombia en el año 2022. En ambos viajes estuvo menos de un mes afuera de país, por lo que solicitó un certificado de vigencia de la permanencia definitiva, el que fue emitido por la PDI el 29 de marzo de 2023, que acredita que su permiso de residencia definitiva se encuentra vigente.
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Victoria claro difraza su salida a paises relacionados con Chile pero la experiencia da testimonio que son unos mala leche para Chile .
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