En fallo unánime.
Corte de Apelaciones de Santiago confirma fallo que acogió tutela laboral de funcionaria de hospital público
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia que acogió la acción tutelar de técnico paramédico bajo el régimen de contrata.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió demanda de tutela laboral presentada por una funcionaria del Hospital Clínico Metropolitano El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada de Maipú.
El fallo plantea que la demanda interpuesta en autos por la actora correspondió a una acción de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, cuya finalidad central es la protección de los derechos esenciales del trabajador de naturaleza no laboral, tales como la intimidad, la libertad de expresión o la honra.
La resolución agrega que en el anotado contexto, quedó establecido -según se desprende del considerando quinto de la sentencia recurrida- como un hecho acreditado en el juicio: ‘… el intento de inmiscuirse por parte de la jefatura en la vida privada de la demandante al punto de saber las relaciones amorosas que ella tendría si vive o no con determinada persona, sin ninguna justificación por parte del empleador, pero en un claro uso de las facultades del empleador, puesto que es sacada de sus funciones habituales y llevada a una reunión en la oficina del empleador y se le impone la obligación de contestar, incluso se le amenaza con consecuencias negativas en caso de no contestar…‘; este hecho fue considerado por el Tribunal a quo como una vulneración al derecho fundamental de la demandante de protección a la vida privada del artículo 19 N° 4 de la Constitución Política de la República, en una valoración que es compartida por éstos sentenciadores.
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