En fallo dividido.
CS acogió recurso de unificación de jurisprudencia y ordenó al Ministerio del Interior pagar cotizaciones de trabajador despedido.
El máximo Tribunal condenó al Fisco a pagar las cotizaciones previsionales y de salud adeudadas a trabajador, quien se desempeñó en la repartición pública por más de 14 años.

La Corte Suprema acogió recurso de unificación de jurisprudencia y condenó al Ministerio del Interior a pagar las cotizaciones previsionales y de salud adeudadas a trabajador que fue despido injustificadamente, tras haber trabajado en la repartición pública por más de 14 años.
La sentencia del máximo Tribunal sostiene "que, en el caso de autos, se constató la infracción del artículo 162 del Código del Trabajo, acusada por el demandante. Al respecto, cabe señalar que con la modificación introducida por la Ley N° 19.631, de 1999, al artículo 162 del Código del Trabajo, se impuso al empleador una obligación adicional, esto es, que para proceder al despido de un trabajador deben encontrarse íntegramente pagadas sus cotizaciones previsionales, de lo contrario dicho despido carece de efectos, es nulo".
La resolución de la Corte Suprema agrega que "conforme a lo razonado en las consideraciones de la sentencia de la instancia que se reproducen, el empleador no dio cumplimiento a la obligación establecida en el inciso quinto del artículo 162 del Código del Trabajo, de modo que corresponde aplicarle la sanción que la misma contempla, esto es, el pago de las remuneraciones y demás prestaciones del trabajador que se devenguen desde la fecha del despido hasta la de su convalidación, mediante el entero de las cotizaciones adeudadas. Que las reflexiones anteriores conducen a acoger, además de la acción por despido injustificado, la de nulidad del despido contemplada en el artículo 162 del Código del Trabajo".
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