Diario Constitucional

Honra.

Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena rechazó tutela contra empresa del retail deducida por trabajador que resultó despedido tras permitir que un camión se llevara mercaderías.

El Tribunal estimó que no se ha aportado por el actor ningún antecedente probatorio que permita dar cuenta de la afectación denunciada, por lo que se debe concluir que el denunciante no ha cumplido con el estándar probatorio mínimo exigido.

Por Redacción·08 de septiembre de 2019·4 min de lectura
Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena rechazó tutela contra empresa del retail deducida por trabajador que resultó despedido tras permitir que un camión se llevara mercaderías.
Referencial

El Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena rechazó la demanda deducida en procedimiento de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido por un vendedor contra Easy Retail S.A.

El actor expuso en su libelo que se le comunicó el término del contrato por la causal del artículo 160 N° 1 letra a) y N° 7 del Código del Trabajo; esto es, falta de probidad del trabajador en el desempeño su función e incumplimiento graves de las obligaciones que impone el contrato, que el empleador fundamentó habría realizado un acto impropio al haber, supuestamente, permitido que un camión retirara productos sin revisar la boleta y/o factura respectiva, ocasionando un perjuicio económico a la empresa y que dicha actuación habría quedado registrada en un vídeo, pues dejó sus funciones para facilitar el ingreso de un camión al interior del recinto, donde el chofer solicitó a una vendedora que cargara tres pallets de ladrillos y posteriormente cargó perfiles de fierro; procediendo a guiar el camión a la salida, donde impidió que se hiciera el control respectivo, saltando los protocolos de seguridad.

Al respecto, continuó refiriendo que estas imputaciones realizadas por su ex empleadora en la carta de despido son falsas y calumniosas. Agregó que con ocasión del despido ha sido víctima de la vulneración de su derecho a la honra, porque es una imputación calumniosa que daña seriamente su honra porque no tuvo posibilidad de defenderse, no se instruyó un proceso en el cual hacer descargos; que el día de los hechos a él se le exhibió una boleta de respaldo y con eso autorizó la salida, que no impidió que la encargada cumpliera sus labores.

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