Diario Constitucional

Noción de flexibilidad.

Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acoge demanda contra empresa mandante y contratista por incumplimiento grave de contratos.

El Tribunal acogió la demanda presentada por cinco trabajadores de la empresa Enercorp que prestaron servicios en agencia de la Polla Chilena de Beneficencia.

Por Redacción·26 de marzo de 2018·4 min de lectura
Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acoge demanda contra empresa mandante y contratista por incumplimiento grave de contratos.
Referencial

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda deducida por cinco trabajadores y ordenó a la empresa Enercorp Servicios Corporativos Ltda. (subcontratista) y la mandante Polla Chilena de Beneficencia S.A. a pagar solidariamente indemnizaciones y prestaciones laborales adeudadas a los demandantes.

Como señala el profesor Gamonal, se pueden identificar distintas nociones de flexibilidad laboral, así podemos encontrar el concepto de flexibilidad organizativa, flexibilidad funcional, flexibilidad en las cargas sociales, entre otras. Resulta importante analizar la noción que se da precisamente por este autor, de lo que debe entenderse por flexibilidad organizativa que es la relativa a la forma de organización de la empresa, en cuanto a su estructura de producción. Uno de los " conceptos estrella" en esta línea ha sido la “empresa flexible". Se trata de una unidad productiva que se adapta con rapidez y eficiencia a la demanda del mercado".

La resolución agrega que del análisis de lo acontecido, es posible entender, que la demandada principal, pretendió dar nuevas funciones a los trabajadores, haciendo que éstos firmaran un nuevo contrato de trabajo para una empresa distinta que requería funciones distintas y en la que se le respetaría su antigüedad laboral. Podría considerarse que éste es un esfuerzo del empleador, para que por medio de este cambio estructural que incluía el traspaso a una empresa distinta del mismo grupo, subsistiera la fuente de trabajo. Sin embargo, esta flexibilidad pretendida debe ser aceptada por los demandantes, quienes evidentemente no consistieron en este cambio. Si se observa, se ha pretendido un cambio radical de las condiciones del mismo, por lo que los trabajadores efectivamente se encontraban en una incertidumbre respecto del futro laboral que les esperaba.

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