Se priva a sindicato de espacio físico.
Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago condena a empresa de alimentos por práctica antisindical.
El Tribunal acogió la denuncia presentada en contra de Fruna por quitar en forma unilateral, container asignado de modo permanente como sede a la demandante.

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo condenó a la empresa Fruna Limitada a pagar una multa de 50 UTM por práctica antisindical y le ordenó restituir espacio a organización de trabajadores.
La sentencia sostiene que el hecho de que la denunciada haya originalmente entregado al sindicato Nº 3 un container ubicado al interior de sus dependencias para que fuera utilizado para las actividades de dicha organización, aceptando que su uso fuera permanente y constante en el tiempo, situación que se mantuvo hasta que las dirigentes del sindicato fueron despedidas en forma irregular, momento en el que la empresa procedió a utilizar el mismo container para actividades de ella o de incluso del otro sindicato existente (el número 2), el que ya contaba con una oficina o espacio físico para su funcionamiento, no procediendo a restituir tal bien una vez que las dirigentes sindicales fueron reincorporadas a sus labores mediante resolución judicial, a pesar de los requerimientos realizados en ese sentido, teniendo actualmente la voluntad o disposición de que el sindicato Nº 3 pueda utilizar el container en forma temporal y sólo previo solicitud o requerimiento realizado a los representantes de la empresa.
La resolución agrega que la conducta de Fruna implica que la empresa ha incurrido en las prácticas antisindicales señaladas en el párrafo anterior, debido a que ha afectado el funcionamiento del sindicato al privarle del espacio físico que le había otorgado para poder desarrollar sus actividades en el momento en que sus dirigentes habían sido despedidos, no existiendo motivo o razón que pueda explicar o justificar el hecho de que una vez que tales dirigentes fueron reincorporadas a sus labores no se haya procedido a restituir el container o bien a proporcionar un nuevo espacio físico de similares características que permita al Sindicato Nº 3 continuar desarrollando sus funciones al interior de la empresa en las mismas condiciones que lo hacía antes de ser despedidas sus dirigentes".
Te puede interesar

Prueba testimonial.
Juzgado del Trabajo de Osorno ordena a hotel pagar indemnización a trabajadores despedidos en represalia por denunciar maltrato animal.

En forma unánime.
Corte Suprema acogió unificación de jurisprudencia y reconoce nulidad del despido en caso que el empleador no haya pagado las cotizaciones dentro de los diez primeros días del mes siguiente a que fueron devengadas

Modifica el Código Laboral.
Sala de la Cámara de Diputados comienza estudio de proyecto que aplica fuero maternal a funcionarias de las FF.AA., de 0rden y Seguridad Pública.

