Diario Constitucional

No discriminación.

Tribunal Laboral de Concepción rechazó tutela laboral contra la Municipalidad de Hualpén por despido de funcionario que mantiene relación sentimental con hija de ex alcaldesa.

El despido del actor no ocurre al asumir la nueva administración pues trabajó un año más, además prestaba servicios e un área sobredotada de personal, no sólo despidiéndolo a él.

Por Redacción·29 de enero de 2019·2 min de lectura
Tribunal Laboral de Concepción rechazó tutela laboral contra la Municipalidad de Hualpén por despido de funcionario que mantiene relación sentimental con hija de ex alcaldesa.
Referencial

El Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción rechazó la demanda de tutela laboral con ocasión del despido por vulneración del derecho a la no discriminación por afiliación política, deducida contra de la Municipalidad de Hualpen por despido de funcionario que mantiene una relación sentimental con la hija de la ex alcaldesa, de distinta filiación política.

En su sentencia, el Tribunal indicó que a pesar de la relación existente entre el demandante y la ex alcaldesa derivada de la relación de pareja con su hija y la hija de ambos, así como el hecho de que el actor está vinculado a un sector de gestión política contraria a la alcaldesa, estos indicios fueron desacreditados en virtud de la prueba rendida. Así, cabe descartar la hipótesis de discriminación, toda vez que el despido del actor no ocurre al asumir la nueva administración pues trabajó un año más, que prestaba servicios en el área extraescolar que estaba sobredotada en relación con las demás coordinaciones de UTP donde no hay asistentes, que no solo se le despidió a él, sino que también a todos los demás asistentes del encargado de extraescolar, y que, se han reducido efectivamente gastos en personal dentro del área municipal.

Por su parte, en cuanto a la vulneración que alega respecto de los derechos fundamentales a la integridad física y psíquica, señala que las actividades del área extraescolar, al que pertenecía el actor, durante el año 2017 efectivamente disminuyeron, sin embargo, la falta de contacto con UTP es un problema que atañe más bien al coordinador de extraescolar, como encargado del área, y no al actor en cuanto le corresponde cumplir lo que aquel le encomiende. No aparece que el demandante haya sido separado de su lugar de trabajo o sus funciones después de la elección de la nueva alcaldesa, el lugar de trabajo era el mismo y permaneció ahí hasta su despido en enero de 2018.

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